Compra o Vende Tu Auto Con Seguridad
img

Semarnat anuncia Norma Oficial Emergente 2016


El día de ayer, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) publicó la Norma Oficial Mexicana de Emergencia, NOM-EM-167-SEMARNAT-2016, que establece los niveles de emisión de contaminantes para los vehículos automotores que circulan en la Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala; los métodos de prueba para la certificación de dichos niveles y las especificaciones de los equipos que se utilicen para dicha certificación, así como las especificaciones para los equipos tecnológicos que se utilicen para la medición de emisiones por vía remota y para la realización de dicha medición.
La NOM-EM-167-SEMARNAT-2016 será aplicada a partir del 1 de julio y tendrá vigencia de seis meses, aunque en caso necesario se extenderá. Esta medida tiene como principio proteger la salud de los habitantes de las zonas afectadas por los altos índices de contaminación por ozono, con la intención de elevar la calidad del aire.


Con ello, la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) se compromete a homologar todos los procedimientos, sistemas y controles de seguridad en los 314 verificentros que operan en la región; asimismo, la flota vehicular en circulación contará con elementos que permitan garantizar un control adecuado de emisiones, basado en sistemas confiables, actualización tecnológica y con la posibilidad de ciudadanizar el procedimiento de verificación vehicular.

Los vehículos que tendrán que someterse a este escrutinio serán los autos particulares, así como aquellos que presten cualquier tipo de servicio público, federal o local. Se excluyen vehículos con peso menor a 400 kilogramos, motocicletas, tractores agrícolas, maquinaria dedicada a la industria de la construcción y minería.

La certificación de emisiones se aplicará mediante cuatro métodos, que son:
1. Sistema de Diagnóstico a Bordo: Incluye los protocolos de los sistemas OBD II, EOBD o similares y aplicará para los vehículos automotores en circulación año modelo 2006 y posterior, cuyo peso bruto vehicular sea mayor a 400 kilogramos y hasta 3,857 kilogramos, que usen gasolina o gas natural como combustible original de fábrica.
2. Prueba Dinámica: Aplicará para los vehículos automotores en circulación, año modelo 2005 y anterior, cuyo peso bruto vehicular sea mayor a 400 kilogramos y hasta 3,857 kilogramos que usen un combustible diferente a diésel; y que hayan sido identificados por su fabricante como operable en el dinamómetro. También aplicará para los vehículos automotores en circulación, cuyo peso bruto vehicular sea mayor a 400 kilogramos y hasta 3,857 kilogramos que hayan sido convertidos para usar otro combustible distinto al de origen.
3. Prueba Estática: Será para los vehículos automotores en circulación cuyo peso bruto vehicular sea mayor a 400 kilogramos y hasta 3,857 kilogramos que usen un combustible diferente a diesel; sean de años modelo anterior a 2006 y que hayan sido identificados por su fabricante como inoperables en el dinamómetro. Asimismo, certificará a los vehículos automotores que utilicen gas licuado de petróleo, gas natural y otros combustibles alternos, con peso bruto vehicular mayor a 3,857 kilogramos, no importando el año modelo.
4. Prueba para Opacidad: Funcionará para los vehículos automotores que utilicen diésel, sin importar su año modelo o peso bruto vehicular.

De esta manera, los criterios de asignación de los hologramas se llevarán a cabo de la siguiente manera:
Autos eléctricos, híbridos y 00

Autos con holograma 0 (modelos 2006 y posteriores)

Autos con holograma 1 y 2 (modelos 2005 y anteriores)

Por otra parte, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) informó que se realizará una inspección a los 409 verificentros y centros de verificación (300 en la zona metropolitana y 109 federales en la Megalópolis), entre julio y diciembre de 2016, con el objetivo de evaluar los siguientes aspectos:
- Que cuenten con los equipos y especificaciones que establece la normatividad vigente para los cuatro métodos de prueba.
- Que cuenten con las facturas de los equipos.
- Bitácoras de operación, calibración y mantenimiento de los equipos.
- Verificación de frecuencias de calibración de los equipos con gases patrón de referencia aprobados.
- Reportes de los vehículos que han sido verificados.
- Que cuenten con los certificados de calibración de los equipos por laboratorios de calibración acreditados.

Para la elaboración de dicha Norma participaron distintos organismos e instituciones, entre las que se encuentran: Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), Secretaría de Economía (SE), Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe), Centro Nacional de Metrología, Asociación Mexicana de la Industria Automotriz (AMIA), entre otros.

Redacción Carplanet.

Categorías del blog
Te puede interesar
img