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Legislación de autos importados

Tras la queja hecha por la diputada María Eloísa Talavera Hernández, de Baja California (PAN), en la que alegando que el Gobierno Federal y las autoridades relacionadas con la importación de vehículos usados procedentes de Estados Unidos o Canadá no han cumplido con la obligación de permitir la libre importación, o han impedido u obstaculizado dicha importación, la Asociación Mexicana de la Industria Automotriz (AMIA) y la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA) manifestaron que, efectivamente el TLCAN establece los requisitos para la importación de autos usados y un cronograma de apertura, pero esto es sobre la base de que la regla de origen que deben cumplir los autos usados es la misma que la de los autos nuevos (todo vehículo usado importado al amparo del Tratado deberá cumplir con la regla de origen de vehículos, lo cual implica que el exportador debe acreditar que el 62.5% de los componentes del vehículo en cuestión son originarios de la región de Norteamérica, porcentaje calculado bajo la metodología “costo neto con rastreo”.

Esta regla de origen es la única en el TLCAN que establece la rastreabilidad de los componentes y, por ende, adicionalmente al porcentaje referido, establece la obligación de hacer auditorías al proveedor de “partes esenciales”, así como acreditar que conservó durante un periodo de 5 años después de la fecha de la firma del certificado, los registros relativos al origen del bien en términos del Artículo 505 del TLCAN, como parte de las mencionadas auditorías a proveedores.

Asimismo, es necesario considerar que de forma unilateral y concediendo beneficios no contemplados en el TLCAN, México decidió permitir la importación de vehículos usados que no pudieran acreditar la integración de valor para cumplir la regla de origen, pero que hubieran sido manufacturados en cualquiera de los países integrantes del TLCAN, mediante el pago de un arancel de tan solo el 1% para vehículos destinados a permanecer en la franja y región fronteriza y del 10% para aquellos a ser importados en forma definitiva al resto del país quedando plasmado en el Decreto que regula la importación de vehículos usados, vigente desde julio de 2011. No obstante, es necesario recordar que este Decreto fue burlado por los importadores mediante amparos de la justicia federal, lo cual les permitió importar chatarra, vehículos siniestrados, vehículos robados en Estados Unidos y la evasión del pago de aranceles.

Las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a favor de la regulación federal terminaron con el lucrativo negocio de unos cuantos y la aplicación estricta del Decreto por parte del SAT ha limitado la internación de vehículos usados, que en los últimos años han acumulado más de 7.4 millones de unidades. La importación de autos usados promueve actos ilícitos como la falsificación de documentos (facturas apócrifas, certificados de emisiones falsos), así como conductas delictivas de quienes están involucrados en la internación de vehículos usados al país.

Exigimos a las autoridades fiscales y aduaneras la aplicación irrestricta de la ley y una revisión detallada de estas prácticas ilegales que burlan el estado de derecho. En opinión de la industria automotriz, los legisladores federales deben ponderar el fortalecimiento de la economía formal, el respeto a la legalidad, los derechos de los consumidores y el cuidado del ambiente por encima de la protección a grupos que defienden privilegios indebidos.

 

Información proporcionada por AMDA y AMIA.

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